La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su preocupación por la ausencia de políticas públicas y legislación que garanticen los derechos de las personas lesbianas, gay, bisexuales, pansexuales, trans, no binarias, de género diverso e intersex (LGBTI) en Venezuela.
Mediante un comunicado difundido este miércoles, la CIDH instó al Estado venezolano a tomar medidas efectivas para el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI y erradicar la discriminación, violencia y situaciones de vulnerabilidad a las que están expuestas.
La CIDH denunció la ausencia de políticas estatales para recopilar datos sobre actos de violencia contra personas LGBTI, y recordó que los Estados deben recolectar y analizar datos estadísticos de manera sistemática respecto de la prevalencia y naturaleza de la violencia y discriminación por prejuicio contra las personas LGBTI, o aquellas percibidas como tales.
Además, la Comisión reiteró su preocupación por la vigencia del artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar, que establece una pena de 1 a 3 años de prisión a la persona militar que «cometa actos sexuales contra natura», criminalizando las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo género dentro del servicio militar. En tal sentido, recordó al Estado de Venezuela el deber de derogar esta disposición por ser contraria al derecho a la igualdad y no discriminación.
Asimismo, la CIDH destacó que en Venezuela no existe legislación que garantice el acceso de figuras jurídicas para asegurar la protección de los derechos de las familias diversas, en un plano de igualdad y sin discriminación como el matrimonio.
«Los Estados deben reconocer legalmente las uniones o el matrimonio sin discriminación por orientación sexual o identidad de género, otorgando todos los derechos que deriven de esa relación«, subrayó.
Adicionalmente, la Comisión resaltó que ha recibido denuncias respecto a la falta de procedimientos que garanticen el derecho a la identidad de género de las personas trans, no binarias y de género diverso, lo que tiene consecuencias en el goce integral de sus derechos humanos.
Ante ello, la CIDH urgió al Estado venezolano a garantizar la rectificación de imagen, nombre y marcadores de sexo/género de las personas trans, no binarias y de género diverso, a través de un recurso interno, sencillo y expedito, de preferencia administrativo, a disposición de las personas que se encuentren en Venezuela y en el extranjero.
Finalmente, la Comisión llamó a Venezuela a promover leyes y políticas públicas que garanticen los derechos humanos a la igualdad y no discriminación de las personas LGBTI, avanzando en la construcción de un cambio cultural que fomente una sociedad más inclusiva, igualitaria y libre de todo tipo de discriminación.