La abogada y defensora de derechos humanos venezolana Linda Loaiza López Soto, quien fue secuestrada, torturada, mutilada y violada en 2001, denunció este jueves impunidad por parte del Estado tras cinco años de la sentencia condenatoria de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a su favor.
En X, señaló que «se cumplen cinco años» desde que la CIDH le «notificó la sentencia condenatoria que dictó contra el Estado», al que la corte insta a «continuar eficazmente la sustanciación del proceso penal en curso en el ámbito interno y, en su caso, sancionar a los responsables por los hechos de tortura y violencia sexual».
La decisión también establece que el Estado debe investigar a fin de «identificar, juzgar y, eventualmente, sancionar a los responsables de los actos de hostigamiento, ataques y amenazas», así como «determinar, por intermedio de las instituciones públicas competentes, las eventuales responsabilidades de los funcionarios que no investigaron desde un primer momento lo sucedido».
Sin embargo, la abogada aseguró que el Estado ha mostrado impunidad en su caso, lo cual «no prescribe por ser una violación a los derechos humanos», y que «su inacción» le «sigue revictimizando» a ella y a su familia.
En 2018, la CIDH encontró al Estado «responsable por los hechos de tortura y violencia sexual sufridos por Linda Loaiza López Soto», quien fue secuestrada por un hombre el 27 de marzo de 2001 cuando tenía 18 años, hasta que, casi cuatro meses después, el 19 de julio de ese año, fue rescatada por las autoridades en pésimas condiciones de salud.
Los jueces de la CIDH dieron por probado que, durante el periodo que estuvo secuestrada, «fue sometida de manera continua a diversos actos de violencia física, verbal, psicológica y sexual, incluyendo la ingesta forzada de alcohol, drogas y medicamentos, privación de alimentos, reiteradas violaciones vaginales, anales y con objetos».
Según la sentencia, también fue víctima de «golpes que le provocaron traumatismos contusos y hematomas en el rostro, los pabellones auriculares, el tórax y el abdomen, fractura de la nariz y la mandíbula, entre otros».
En el proceso penal interno, se celebraron dos juicios orales, ya que el primero fue anulado, según la CIDH, y a raíz del segundo proceso penal, el agresor, identificado como Luis Carrera Almoina, fue condenado por de privación de libertad y lesiones gravísimas, pero absuelto por violación.
EFE