La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó las medidas cautelares solicitadas por el Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) a favor del abogado Joel Antonio García Hernández, tras considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia, ya que sus derechos a la vida y a la integridad personal están en riesgo de daño irreparable.
El 28 de febrero de 2024, el OVP tramitó ante la CIDH la solicitud de medidas cautelares que finalmente fue otorgada el 13 de mayo de 2024, bajo la Resolución 31/2024. En la información proporcionada a la Comisión, el equipo del OVP relató lo que ha sido su labor como un defensor de defensores de los derechos humanos durante más de una década, así como eventos ocurridos en el pasado a lo largo de su trabajo de litigio en el país.
El más reciente, acontecido el 7 de febrero de 2024, cuando se encontraba en el Palacio de Justicia del Área Metropolitana de Caracas, y estando en compañía de los Cónsules General y Adjunto de la República de Chile en Venezuela; en la salida del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Palacio de Justicia en Caracas, donde fue abordado por un sujeto que lo amenazó directamente por las continuas denuncias que publica en sus redes sociales. Tal situación fue denunciada ante el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo, sin recibir oportuna y adecuada respuesta.
Según consta en la Resolución, la CIDH solicitó información al Estado venezolano el 29 de febrero de 2024, pero tampoco hubo respuesta. Para analizar la procedencia de la solicitud, la Comisión consideró los hechos a la luz de los requisitos de gravedad, urgencia y daño irreparable. En tal sentido, refirió el contexto actual de Venezuela, ya que se encuentra incorporada en el Capítulo IV. B del Informe Anual de la CIDH; mientras que en el año 2017, en el Informe “Institucionalidad Democrática, Estado de Derecho y Derechos Humanos en Venezuela”, la Comisión “documentó el progresivo debilitamiento de la institucionalidad democrática y el deterioro de la situación de derechos humanos. (…)”.
En ese mismo informe, valoró que las personas defensoras, que ejercían representación de personas detenidas por razón de su postura política, también eran objeto de múltiples actos de amenazas, hostigamiento y criminalización; situación que se ha mantenido en el tiempo. Además, su rechazo a la decisión del gobierno de Venezuela de suspender las actividades de la Oficina Técnica de Asesoría del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en el país; medida que fue tomada después de un pronunciamiento de la oficina sobre la desaparición forzada de la defensora de derechos humanos, Rocío San Miguel.
Tal como cita en la resolución, “la decisión del gobierno de Venezuela evidenció su rechazo al escrutinio internacional en materia de derechos humanos, lo que es particularmente grave en un país caracterizado por el cierre de todo espacio democrático y la ausencia del Estado de Derecho”. Para la Comisión, los hechos se enmarcan en un contexto hostil hacia las personas defensoras y de la situación particular de las personas que ejercen labores de defensa legal a personas detenidas por razón de su disidencia al actual gobierno de Venezuela; imprimiendo especial seriedad a la situación del abogado, y ubicándolo en una situación de vulnerabilidad.
En ese sentido, la CIDH solicitó a Venezuela que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal del abogado Joel Antonio García Hernández, de acuerdo con los estándares y obligaciones internacionales aplicables, incluidos los actos de riesgo atribuibles a terceros; que implemente las medidas necesarias para que el beneficiario pueda desarrollar sus labores como abogado defensor sin ser objeto de actos de intimidación, amenazas u otros hechos de violencia en el ejercicio de estas; que concierte las medidas a adoptarse con el beneficiario y sus representantes; y que informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a las presentes medidas cautelares y así evitar su repetición.
Desde el Observatorio Venezolano de Prisiones agradecemos el otorgamiento de estas medidas cautelares por parte de la CIDH a favor del abogado Joel García, en vista del peligro, urgencia e irreparabilidad en el presente asunto, considerados a prima facie, ya que sus derechos a la vida e integridad personal están en riesgo.
Para el OVP, la CIDH representa una organización para salvar vidas, por lo que mantenemos vivo nuestro compromiso para documentar, denunciar e interponer acciones por violaciones contra derechos humanos ante el sistema interamericano y universal. Estaremos haciendo seguimiento del cumplimiento de estas medidas como representantes del beneficiario.