La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la Resolución 22/2026, mediante la cual otorgó medidas cautelares en favor del venezolano Yorman Bladimir Acevedo Murillo, al considerar que se encuentra en una situación de “gravedad y urgencia”, con riesgo de sufrir daños irreparables a sus derechos a la vida, integridad personal y salud mientras permanece detenido en Venezuela.
Según la solicitud presentada ante la Comisión, Acevedo Murillo fue detenido el 13 de enero de 2026, tras expresar críticas hacia quienes ejercen el poder en el país.
Desde entonces, permanece privado de libertad sin acceso adecuado a atención médica, pese a padecer depresión, trastornos del sueño, ansiedad, afectaciones nerviosas y problemas auditivos.
La CIDH recogió denuncias que señalan que Acevedo estaría siendo víctima de extorsión y agresiones físicas por parte de funcionarios estatales, limitaciones severas en la alimentación, falta de acceso a agua potable, restricciones a las visitas familiares y negación de medicamentos y atención médica especializada
El Estado venezolano no respondió a los requerimientos de información de la Comisión, lo que agravó la valoración del riesgo.
La CIDH advirtió que la situación descrita podría tener como finalidad intimidar y silenciar al beneficiario debido a su participación en debates políticos, afectando directamente su derecho a la libertad de expresión.
El organismo subrayó que la falta de atención médica, la ausencia de medicamentos y las condiciones de reclusión reportadas ponen en riesgo inmediato su vida e integridad personal.
Con base en el artículo 25 de su Reglamento, la Comisión solicitó a Venezuela adoptar de manera inmediata medidas para proteger a Acevedo Murillo, entre ellas garantizar su vida, integridad personal y salud; asegurar condiciones de detención compatibles con estándares internacionales; proveer atención médica especializada, medicamentos y una evaluación integral de salud; garantizar alimentación adecuada y acceso a agua potable, evitar que sea objeto de violencia, amenazas o intimidación dentro del penal; facilitar comunicación con familiares, representantes y abogados, con acceso pleno al expediente; proteger su derecho a participar en el debate político sin represalias; concertar las medidas con el beneficiario y sus representantes e investigar los hechos que dieron origen a la medida para evitar su repetición.














