La mañana de este jueves se realizó la audiencia preliminar en contra del expresidente de Perú, Pedro Castillo, tras haber sido detenido en flagrancia por el golpe de Estado fallido que perpetró contra el Congreso.
Durante la audiencia, la Fiscalía anunció la imputación de Castillo por los delitos de rebelión y conspiración, este último de forma alternativa.
«Los hechos se subsumirían en el artículo 346 del Código Penal que tipifica el delito de rebelión que prescribe que el que se alce en armas para variar la forma de gobierno, deponer al gobierno o suprimir o modificar el régimen constitucional será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 10 años ni mayor de 20 años», explicó el representante del Ministerio Público, Marco Haumán Muñoz.
Además, dijo que los hechos también estarían enmarcados «en el delito de conspiración» previsto en el artículo 349 del Código Penal vigente que establece que «el que toma parte de una conspiración de dos o más personas para cometer delitos de rebelión, sedición o motín, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de la mitad del máximo de pena señalada para el delito que se trata».