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Portada » Audiencia Nacional de España concedió asilo al dirigente político de PJ, Hugo Mora Díaz

Audiencia Nacional de España concedió asilo al dirigente político de PJ, Hugo Mora Díaz

Redacción MonitoreamosporRedacción Monitoreamos
18 febrero 2022
en Mundo, Venezuela
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Foto Europa Press

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha concedido asilo al opositor venezolano Hugo Alejandro Mora Díaz después de que el Gobierno se lo denegase inicialmente, una decisión criticada por los magistrados, que lamentan que el Ejecutivo haya «pasado por encima» de sus circunstancias personales en el país.

En una sentencia del pasado 1 de febrero la Sección Segunda deja claro que Mora no es «un mero opositor al régimen». «Se trata de un miembro de un partido político opositor, -cuando menos, cualificado-, del que alguno de sus dirigentes han sido encarcelados, y sufre o ha sufrido medidas restrictivas de libertad, con una trayectoria de abierta oposición al régimen actual«, destaca la agencia Europa Press.

En esta línea, y aunque los magistrados se muestren «de acuerdo en que» el hecho de que la «situación en Venezuela sea muy compleja no es causa de asilo», creen que «la resolución» por la que el Ministerio del Interior rechazó acoger a Mora «incurre en una flagrante omisión del análisis de las condiciones personales y políticas del solicitante».

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Acusado de intento de magnicidio

Mora, junto con los anteriores mencionados, está acusado por la administración de Nicolás Maduro de planificar y financiar el supuesto atentado que sufrió con un dron el 6 de agosto de 2018.

Cuando tuvo conocimiento del encarcelamiento de Requesens, y al ser informado de que estaba incluido en el expediente de la acusación de la Fiscalía por dicho atentado, Mora abandonó el país por recomendación de sus abogados. Sobre él pesaba una orden de busca y captura, viajó a España saliendo por la frontera desde el estado Táchira (Venezuela) con Cúcuta (Colombia).

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Tras su salida de Venezuela, según relata el propio Mora, ha sido asediada su antigua casa de residencia y amenazado su padre.

Ante esta situación la Sala considera que la resolución denegatoria, «ha pasado por encima de estas circunstancias sin hacer observación, ni valoración alguna», quedándose en la «superficie del problema diciendo que es un mero opositor, al que dándole la permanencia en España por razones humanitarias ya se satisface su petición de protección internacional», algo que «resulta no ajustado a derecho«.

«Es razonable pensar que a su regreso a Venezuela podría ser objeto de persecución por parte del Gobierno venezolano o sus terminales ejecutivas, pudiendo ser detenido, torturado y sometido a tratos inhumanos y degradantes propios de actual régimen bolivariano que impera en Venezuela, como acreditan las fuentes internacionales consultadas», inciden.

Esas son las razones, concluyen, por las que «el grado de protección que ha de ofrecérsele ha de ser el máximo», y que es el «correspondiente a la declaración de refugiado (…) Y no sólo el de la permanencia en España por razones humanitarias, respuesta generalizada dada por el Ministerio del Interior en los últimos tiempos (a raíz de nuestras decisiones en el mismo sentido) en favor de los ‘meros’ opositores políticos, como observamos en numerosos procesos, porque no estamos en presencia de un ‘simple’ opositor, sino de una persona que presenta unas circunstancias muy cualificadas», apostillan.

 

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