El Departamento del Tesoro de Estados Unidos publicó este martes una aclaratoria de enorme alcance para el sector energético y minero venezolano: las empresas no estadounidenses podrán operar con petróleo, petroquímicos y minerales de origen venezolano sin exponerse a sanciones, siempre que cumplan estrictamente las condiciones establecidas en las Licencias Generales 46B, 51A y 52.
La medida no implica un levantamiento de sanciones, pero sí constituye la mayor flexibilización operativa desde 2019, al extender de facto a compañías de terceros países la vía autorizada que hasta ahora solo aplicaba a entidades estadounidenses.
El Tesoro deja claro que la autorización está sujeta a un marco regulado directamente por Estados Unidos, que define cómo se pagan las operaciones, quiénes pueden participar y qué actores quedan excluidos.
Qué permite ahora Estados Unidos
Según la guía publicada por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), las empresas no estadounidenses no enfrentarán riesgo de sanciones si realizan transacciones autorizadas por las licencias mencionadas, como:
- Comprar, transportar o almacenar petróleo venezolano.
- Importar petróleo, petroquímicos o minerales venezolanos a un tercer país.
- Realizar operaciones con PDVSA que estén específicamente autorizadas.
Pero solo podrán hacerlo si cumplen una serie de condiciones estrictas tales como:
- Haber sido constituidas antes del 29 de enero de 2025 en un país distinto a EE.UU. o Venezuela.
- Realizar pagos únicamente a través del mecanismo Foreign Government Deposit Funds, creado por la orden ejecutiva 14373 del 9 de enero de 2026.
- Evitar pagos en criptoactivos emitidos por el Estado venezolano, como el petro.
- No participar en canjes de deuda ni en esquemas financieros opacos.
- No involucrar a actores de Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China, ni a empresas controladas por estos países.
- No utilizar buques bloqueados por sanciones.
- En el caso de minerales, no procesarlos en países sancionados como Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China.
El Tesoro subraya que estas condiciones buscan garantizar que las operaciones “ocurran a través de canales legítimos y autorizados” y que contribuyan a los esfuerzos para “restaurar la prosperidad, seguridad y estabilidad en Venezuela”.
La OFAC advierte que cualquier empresa que opere con PDVSA o con productos venezolanos sin cumplir estas condiciones puede ser sancionada por proveer apoyo financiero o material a personas bloqueadas, participar en prácticas corruptas o engañosas y por operar en los sectores petrolero u aurífero de la economía venezolana.
Además, la Licencia General 52 mantiene restricciones adicionales sobre deuda, bonos y procesos judiciales que involucren activos bloqueados.














