El Consejo Nacional Electoral (CNE) recordó en sus redes sociales las sanciones a las que se exponen los miembros de mesa que no cumplan con el llamado a trabajar en las elecciones regionales previstas para el próximo 21 de noviembre.
«Quienes incumplan injustificadamente con el Servicio Electoral Obligatorio, serán sancionados con multas equivalentes a quince Unidades Tributarias (15 U.T.) y cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria», señala el ente comicial en su cuenta en Twitter.
En el mismo hilo publicado en dicha red social, el CNE también explica cuáles son las excepciones válidas para no participar como miembro de mesa de acuerdo con la ley (Art. 113 LOPE), para prestar el Servicio Electoral Obligatorio:
- Ser mayor de sesenta y cinco años de edad (65 años)
- Tener alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes.
- Ser candidato o candidata en el proceso electoral, ejercer un cargo de dirección nacional o regional en una organización con fines políticos o ser promotor o promotora de un grupo de electores y electoras.
- Prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio y aquellos trabajadores y funcionarios que en razón de la naturaleza de sus labores le impide asistir a desempeñar sus funciones el día de las votaciones.
En caso de no conocer si quedó seleccionado como miembro de mesa, el organismo electoral pone a disposición de los electores inscritos las siguientes opciones:
Sanciones: ⛔
Quienes incumplan injustificadamente con el Servicio Electoral Obligatorio, serán sancionados con multas equivalentes a quince Unidades Tributarias (15 U.T.) y cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.— cneesvenezuela (@cneesvzla) July 26, 2021