Violando la Constitución y las leyes, este sábado un funcionario del Estado hostigó y amenazó al candidato presidencial unitario, Edmundo González, al que cuestionó por volar en la aerolínea Conviasa hacia el estado Barinas.
Al momento de hacer el check-in en el mostrador del aeropuerto en Maiquetía, un funcionario de Conviasa hostigó a González Urrutia y lo amenazó con retenerle el pasaje para impedirle viajar.
«¿No le da vergüenza, no le da pena viajar por Conviasa? Después de que nos quitó un avión de Emtrasur (…) ¿Qué hace si le retenemos el boarding pass y no viaja?», amenazó el empleado público.
Leyes violadas
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 145 que «los funcionarios públicos y funcionarias públicas están al servicio del Estado y no de parcialidad alguna. Su nombramiento o remoción no podrán estar determinados por la afiliación u orientación política».
El Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en su artículo 222 señala que «los organismos públicos nacionales, estadales o municipales no podrán realizar publicidad y propaganda electoral, y en tal sentido, no podrán difundir mensajes destinados a promover, auspiciar o favorecer determinada candidatura u organización con fines políticos o grupo de electoras y electores, y comunidades u organizaciones indígenas, así como todo aquello que promueva o tienda a promover la imagen negativa de alguna candidata o candidato, organización con fines políticos, grupo de electoras y electores y comunidades u organizaciones indígenas. No se permitirá el uso de los bienes propiedad de la República, ni de los estados o municipios con el fin de favorecer o promover una candidatura o realizar propaganda electoral».
Mientras que la Ley contra la Corrupción reitera en su artículo 14 que «las funcionarias, funcionarios, empleadas públicas y empleadospúblicos e stán al servicio del Estado y no de parcialidad política o económica alguna. En consecuencia, no podrán destinar el uso de los bienes públicos olos recursos que integran el patrimonio público para favorecer a partidos o proyectos políticos, o a intereses económicos particulares.»
En este sentido, la ley prevé que «la funcionaria pública o funcionario público que abusando de sus funciones, utilice su cargo para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato, grupo, partido o movimiento político, será sancionada o sancionado con prisión de un (1) año a tres (3) años».